Para obtener el estímulo económico, la SECIHTI establece en el Reglamento de Becas de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, lo siguiente:
ARTÍCULO 8. El otorgamiento de becas y apoyos complementarios se asignará conforme a las Convocatorias correspondientes apegadas a lo establecido en la Ley General, y las demás disposiciones aplicables, según sea el caso.
El Comité de Becas y Posgrado de la Secretaría podrá definir las áreas y temas que serán prioritarios para la postulación de becas mediante los programas presupuestarios a su cargo, conforme a la Agenda Nacional.
ARTÍCULO 9. La publicación de los resultados y, en su caso, notificación de la asignación de la beca o apoyo complementario, así como su formalización, se llevarán a cabo de conformidad con el presente Reglamento y la convocatoria o convenio cuando corresponda.
Más información:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5750804&fecha=04/03/2025#gsc.tab=0